Servicio de transporte que trasladan migrantes requiere mayor regulación para evitar conflicto con el ocurrido en Juigalpa.

Tomado de VosTV.
Managua-Nicaragua: A criterio de la Consultoría de Gestor al Consumidor (CGC), las autoridades del transporte deben regular a las cooperativas y conductores que brinden el servicio de traslado a personas migrantes hacia las fronteras, para evitar casos como el que recientemente ocurrió con un grupo de venezolanos, que lanzaron piedras contra el microbús que los trasladaba desde San Carlos, Río San Juan hasta Juigalpa.

De manera extraoficial, se conoce que los migrantes agredieron al microbús y a su conductor porque este no cumplió con la promesa de llevarlos hasta la frontera con Honduras, acusación negada en todo momento por el obrero del volante. “Yo tiré la piedra, pero donde está mi dinero, no nos llevó a donde prometió”, gritó una migrante que prefirió no identificarse.

El conductor, Joseph Arana, reconoció a un medio televisivo local que cobró siete dólares por el traslado de los migrantes, pero no les prometió que le iría a dejar hasta la frontera. Rubén Arriola, director del CGC, aseguró que el costo del pasaje que les imponen a los migrantes quienes les prestan el servicio de traslado es excesivo, por ello ameritan sanciones.

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“No hay un reglamento que indique que por ser extranjero vas a pagar más (…), tenemos este año seis denuncias de extranjeros que por cruzar la frontera les cobran excesivamente 40, 50 o 100 dólares”, añadió.

Arriola, advirtió que cualquier medio de transporte puede realizar viajes con extranjeros dentro y fuera del país, siempre y cuando sea todo del conocimiento de las autoridades correspondientes. “Son las autoridades de Migración y Extranjería y el Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI), quienes por medio de la dirección general de transporte terrestre van a autorizar”, agregó.

El abogado Domingo Diogo, explica que los conductores que ejecutan viajes hacia la frontera, podrían caer en el delito de Tráfico de migrantes ilegales, tipificado en el Código Penal de Nicaragua. “No es lo mismo transportar extranjeros dentro del país en excursiones turísticas, que llevarlos ilegales (…) Si a él le dicen que esas personas son ilegales y aun así las traslada se convierte en un cómplice”, reiteró.

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